Reducen el plazo de pago de las Facturas de Crédito Electrónica a las PyMEs proveedoras de grandes empresas

La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía de la Nación redujo a 21 días el plazo de pago, aceptación o rechazo de las Facturas de Crédito Electrónica MiPyME (FCEM) para beneficiar de esta forma a las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) proveedoras de alguna de las 1.240 empresas categorizadas como grandes. La medida entrará en vigencia el 1° de abril de 2023.

A partir del 1 de abril, el plazo de cancelación o rechazo de una FCEM se acortará de 25 a 21 días, tal como lo establece la resolución 49/2023 firmada por el secretario de Industria y Desarrollo Productivo de la Nación, José Ignacio de Mendiguren, para potenciar el financiamiento PyME y al capital de trabajo.

De esta manera, las MiPyMEs podrán contar antes con este instrumento central para financiarse, ya que el titular de la deuda es la gran empresa, por lo que no necesitan garantía, les reduce costos y no consume cupo de crédito disponible con instituciones financieras, una medida que mejora la cadena de pago entre las empresas y fortalece las cadenas de valor de nuestro país.

El Sistema de Circulación Abierta de FCEM, que se puso en marcha a partir del 1° de abril de 2021, se consolida como un instrumento de financiamiento para las MiPyMEs: el año pasado, la cantidad de facturas de crédito emitidas aumentó un 16,33%, pasando de 456.903 en el mes de noviembre del año 2021 a 498.336 en el mismo mes de 2022.

Además, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo de la Nación destacó que el número de FCEM que son aceptadas para su conformación como instrumento de pago y su posterior uso como herramienta para que se financien las MiPyMEs creció entre noviembre de 2021 a noviembre del año pasado un 30,43% (151.1982 a 198.223 FCEM), es decir, por encima del incremento en la cantidad de facturas emitidas. En tanto, las FCEM canceladas mediante otro instrumento de pago creció un 7,98% en el mismo periodo.

El régimen de FCEM determina que una micro, pequeña o mediana empresa está obligada a emitir este comprobante en todas las operaciones comerciales que realiza con una empresa grande (de un listado público difundido por la AFIP en su web), siempre que el monto total sea igual o superior a $299.555. La herramienta ofrece oportunidad de financiamiento para las más de 230 mil empresas que son proveedoras de grandes firmas en distintas cadenas de valor.

FUENTE: WEB MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACION.