La AFIP habilitó el sistema para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada correspondientes a los salarios de septiembre. La herramienta estará disponible para los empleadores registrados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) que durante agosto de 2020 hayan registrado una variación nominal positiva en su facturación del 0% al 40% en relación con el mismo mes del año pasado.
El proceso se inicia en www.afip.gob.ar y los créditos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada. Los empleadores beneficiados podrán realizar el trámite entre el 7 y 19 de octubre, inclusive.
Mientras que las empresas que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su Crédito a Tasa Subsidiada desde el 14 de octubre hasta el 19 octubre, inclusive.
Las empresas que accedan a los Créditos a Tasa Subsidiada contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. La tasa de interés será fija del 15% para todos los casos.
Aquellos empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del FONDEP.
¿Cómo tramitar el beneficio?
Para iniciar el trámite del Crédito a Tasa Subsidiada, los empleadores deberán ingresar con clave fiscal al servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, a fin de:
- Conocer y aceptar el monto teórico máximo del crédito disponible
- Indicar una dirección de correo electrónico
- Seleccionar una entidad bancaria tramitar el crédito
Fuente: AFIP.