Pandemia: Restricciones desde las 20 del viernes 21

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Así lo anunció el presidente de la nación, Alberto Fernández. Será desde las 20 de hoy viernes hasta las 6 del lunes 31 de mayo. En ese período, habrá restricción de todas las actividades que no sean consideradas esenciales.

El Gobierno Nacional anunció medidas adicionales para las empresas.

● Ampliación del Programa de Recuperación Productiva (REPRO) para atender a los sectores que se verán afectados por las medidas: comercio y otros. La inversión en este programa estará en torno a los $52.000 millones.

● Incremento del monto del salario complementario para las y los trabajadores de los sectores críticos y la salud, que pasa de $18.000 a $22.000. La inversión prevista es de $6.000 millones.

● Incorporación del sector gastronómico al REPRO y reducción de las contribuciones patronales en los sectores críticos, por $8.500 millones.

En ese contexto, las actividades exceptuadas serán:

Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

👉Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

👉Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

👉Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

👉Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

👉Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

👉Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

👉Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

👉Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

👉Personal afectado a obra pública.

👉Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

👉Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

👉Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

👉Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

👉Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

👉Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

👉Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

👉Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

👉Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

👉Servicios de lavandería.

👉Servicios postales y de distribución de paquetería.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.