Las Pymes que cerraron su ejercicio comercial el 31 de diciembre de 2024 tienen hasta el 30 de abril para renovar su certificado MIPyME, clave para acceder a beneficios fiscales como IVA diferido, alícuotas reducidas y compensaciones. La SEPyME actualizará los valores de facturación según la inflación de 2024 (117,8%). Aquí, los detalles para no perder los beneficios.
Vencimiento y renovación del certificado Pyme
El 30 de abril caduca la vigencia del certificado MIPyME para empresas con cierre de ejercicio el 31/12/2024 y contribuyentes individuales. La renovación es automática, pero se recomienda verificar en el servicio de la AFIP “Pymes: solicitud de categorización y/o beneficios” para confirmar la aprobación y ajustar datos.
Claves a considerar:
- La categorización (Micro, Pequeña, Mediana Tramo I o II) depende del promedio de ingresos netos de los últimos 3 años (2022-2024), excluyendo IVA, impuestos internos y el 75% de las exportaciones.
- En abril, la Secretaría de Industria publicará en el Boletín Oficial los nuevos límites de facturación por actividad, ajustados por inflación.
Riesgos de no renovar a tiempo
Si AFIP detecta incumplimientos (ej.: declaraciones juradas pendientes, régimen de información omitido), el certificado podría rechazarse. En ese caso, el contribuyente tendrá 20 días corridos (hasta el 20 de mayo) para regularizar y presentar una rectificativa. Mientras tanto, perderá beneficios como:
- Pago de IVA a 90 días (pasará a mensual).
- Alícuotas reducidas de contribuciones patronales (18% para MIPyMEs).
- Exención de retenciones en operaciones con tarjetas.
Beneficios fiscales vigentes para Pymes
- Contribuciones patronales reducidas: 18% (vs. 21% general).
- Compensación del impuesto al cheque: 100% en Ganancias para Micro y Pequeñas; 60% para Medianas Tramo I.
- IVA diferido: Micro y Pequeñas pueden pagarlo a 90 días (verificar adhesión al renovar).
- Exención de retenciones: Microempresas quedan excluidas de retenciones de Ganancias e IVA en pagos con tarjeta.
- Trámites simplificados: Para obtener certificados de no retención de IVA o planes de facilidades de pago.
Recomendaciones urgentes
- Verificar en AFIP el estado del certificado.
- Corregir incumplimientos antes del 20 de mayo si hay observaciones.
- Monitorear la publicación de los nuevos valores de facturación en el Boletín Oficial.
¿Por qué es crítico? Perder la categoría Pyme implica mayores costos fiscales y obligaciones inmediatas. Por ejemplo, una Microempresa que dejara de estar categorizada deberá pagar IVA mensualmente y afrontar retenciones adicionales.
Fuente: Resolución 220/19 SEPyME, Ley 25.300, y normativa ARCA.